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Con la finalidad de reducir los riesgos de intoxicación alimentarla y proveer a los consumidores alimentos y bebidas seguros, a partir del 27 de Noviembre del 2010, entrará en vigor la norma oficial Mexicana: NOM 251-SSA-2009 Prácticas de Higiene para el proceso de Alimentos, bebidas o suplementos alimenticios.
Esta norma oficial sustituye a las normas 120 y 093 de la Secretaria de Salud publicadas en 1994 y se constituye como el esfuerzo Mexicano para armonizar sus marcos reglamentarios acorde a los requerimientos de sus principales socios comerciales y a las tendencias globales que buscan profundizar las leyes y reglamentos para el buen manejo en la fabricación de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios.
Esta norma tiene un enfoque amplio para el manejo de prácticas, métodos y programas orientados al cuidado de la salubridad y la sanidad en el ambiente de proceso a traves de programas de prerrequisitos asi como para la aplicación de la herramienta de HACCP recomendada por la comisión del Codex Alimentarius a los Gobiernos, y los mecanismos para la trazabilidad y retiro de productos bajo sospecha de contaminación.
Integra la metodología de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP) y la hace obligatoria para todos los procesos de fabricación de alimentos y bebidas o suplementos alimenticios, escenario que las normas anteriores no detallaban al nivel de la nueva normativa.
Ante la continua presencia de enfermedades transmitidas por alimentos, el problema de la influenza AH1N1 del 2009, el surgimiento de más patógenos emergentes como todas las E.coli enterohemorrágicas además de la E.coli157:H7 y la globalización en el suministro mundial de alimentos ya que nuestro país exporta alimentos frescos y bebidas espirituosas como el Tequila , la Secretaria de Salud, por medio de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) decretó finalmente en Diciembre de 2009, la NOM-251-SSA1-2009 Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios, que entra en vigor oficial en el mes de Noviembre de 2010.
La importancia de esta norma oficial mexicana es que está oficializando la necesidad de que cualquier procesador de alimentos, bebidas y suplementos alimenticios, tenga implementado un sistema de calidad e inocuidad de sus productos, desde el campo hasta la mesa, porque exige la trazabilidad de las materias primas hasta el producto terminado y continúa hasta los canales mismos de distribución, porque antes no se documentaba que productos contaminados con adulterantes pueden causar un daño a la salud (sean fìsicos, químicos o microbiológicos) deban ser retirados del mercado con un proceso documentado y controlado, incluyendo el aviso a la autoridad sanitaria de dichos eventos y actividades.





